Incentivos fiscales para fomentar la creación de startups

Javi Cánovas
29.11.16 10:04 Comentario(s)

El Real Decreto-Ley 4/2013 de apoyo al emprendedor y de estímulo al crecimiento y a la creación de empleo introdujo interesantes deducciones en el IRPF para quienes invierten en startups, así como ventajas en materia fiscal para aquellos que deciden emprender. 

El contribuyente puede beneficiarse de una deducción del 20% en el IRPF

La Ley de Emprendedores fue creada con la finalidad de fomentar la captación de recursos financieros por parte de nuevas empresas y favorecer la inversión de particulares y Business Angels en proyectos de emprendedores —¿quieres sabes cómo funciona la inversión en startups de Customia?—.

A través de esta ley los inversores en startups y nuevas empresas (empresas de menos de 3 años de vida) tienen una deducción en el IRPF del 20% de las cantidades invertidas exclusivamente en la adquisición de acciones o participaciones de empresas. La bonificación se aplica sobre la cuota íntegra estatal y sobre una base máxima de 50.000€, es decir, que permite una deducción máxima de 10.000€ por año y contribuyente.

Por otra parte, el tipo de gravamen en el impuesto sobre sociedades es del 15% (frente al general del 25%) en los dos primeros ejercicios en que una startup obtenga un resultado positivo, sin ningún otro requisito especial. Se trata, por tanto, de un ahorro del 40% en la correspondiente tributación.

Además, los inversores que obtengan ganancias de capital con sus inversiones en startups estarán exentos de tributar por esas ganancias en el momento de su desinversión siempre que los beneficios sean reinvertidos en el mismo tipo de empresas, lo cual a su vez daría lugar a los incentivos por inversión mencionados.

No obstante, beneficiarse de estas ventajas supone cumplir una serie de requisitos tanto por la parte de la startup como del inversor. El inversor debe adquirir las participaciones de manera directa, no mediante un canal societario; así como permanecer en el accionariado entre 3 y 12 años. Además, no podrá superar, ni por sí mismo ni junto a sus familiares directos, el 40% en la participación del capital social.

Por su parte, la startup tiene que estar constituida como Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Anónima Laboral o Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral. Junto a ello, debe ejercer una actividad económica y contar con los medios personales y materiales para el desarrollo de la misma, no puede cotizar en ningún mercado organizado y los fondos propios de la entidad no pueden ser superiores a 400.000€ en el inicio del período impositivo en que el contribuyente adquiera las acciones o participaciones.


La deducción puede aumentar hasta el 30% según la Comunidad Autónoma

La deducción del 20% corresponde a las ventajas en materia estatal. No obstante, esta deducción puede incrementarse hasta un 30% dependiendo de la Comunidad Autónoma. Además, existen otras desgravaciones autonómicas complementarias a las estatales que pueden suponer una deducción de hasta 16.000 euros como máximo (incluyendo la parte estatal).

Estas deducciones fiscales sobre la parte autonómica del IRPF se aplican desde el año 2009 y pueden obtenerse siempre que el inversor tenga residencia fiscal coincidente con la de la empresa invertida.

Cataluña es la autonomía que ofrece mayores ventajas a los inversores de empresas de nueva o reciente creación con sede en la región. Aquí el contribuyente puede aplicarse una deducción del 30% de las cantidades invertidas en la cuota íntegra autonómica del IRPF, con un importe máximo de 6.000€. La participación del inversor no puede superar el 35% del capital y debe mantenerse la financiación 3 años. Basta con que la startup tenga un trabajador contratado.

Por su parte, la Comunidad de Madrid ofrece una deducción del 20% de la inversión en una startup con domicilio en la región, con un límite de la deducción de 4.000€ al año. El inversor debe mantener la participación al menos durante 3 ejercicios y la empresa debe tener, por lo menos, dos empleados contratados.

Como en el caso de Madrid, en Galicia la deducción también es del 20% de la inversión, con un límite de 4.000€. La empresa debe tener, como mínimo, dos personas contratadas y el contribuyente no puede superar el 40% de la participación. Estas condiciones son muy similares a las establecidas en Andalucía, aunque en esta comunidad no se exigen requisitos de contratación laboral.

Aragón, Baleares, Cantabria y Murcia son otras de las regiones que han incorporado incentivos fiscales para fomentar el emprendimiento y la creación de startups en su comunidad autónoma.


La tarifa plana y otras ventajas fiscales del emprendedor

Casi 1 millón de emprendedores se ha beneficiado de la tarifa plana de 50€ desde su puesta en marcha. Esta tarifa plana se introdujo en el Real Decreto-Ley 4/2013 y consiste en el pago mensual de 50€ a la Seguridad Social (frente a los 267,03€ que constituyen la cuota mensual mínima en 2016) durante los primeros 6 meses de constitución de la startup. 

Además de esta tarifa plana, la Ley recoge otras medidas con el objetivo de reducir los impuestos y gastos del emprendedor (cada una de ellas exige una serie de restricciones y condiciones). Entre otras medidas se encuentran:

  • El régimen de IVA con Criterio de Caja permite a las empresas y autónomos que facturen menos de 2 millones de euros al año no tener que adelantar a Hacienda el impuesto de las facturas hasta que no sean cobradas. 
  • La figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada permite a quien emprende no tener que responder con su patrimonio personal de las deudas generadas por su actividad empresaria, en este caso su vivienda (con un valor de hasta 300.000€).
  • Bonificaciones para autónomos con discapacidad con reducciones del 80% en la cuota de autónomos durante los 6 primeros meses. Para los menores de 35 ésta reducción se aplicará durante el primer año.
  • Bonificaciones para autónomos en pluriactividad. Estas ascienden al 50%, pero son incompatibles con otras medidas como la Tarifa Plana. 

Desde el equipo de nuestra venture builder creemos que la innovación y el emprendimiento son factores fundamentales para el desarrollo económico futuro.

Por eso, acompañamos a emprendedores a desarrollar su startup en la primera etapa de desarrollo con el objetivo de facilitar todas las herramientas y recursos necesarios para transformar una idea en una empresa de éxito; así como para crecer conjuntamente atendiendo a las nuevas exigencias del mercado.